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El Congreso publicará las rentas y los bienes patrimoniales de los diputados



En cumplimiento de la Ley Orgánica 7/2011, que determina que el contenido del Registro de Intereses tendrá carácter público, las Mesas de las Cámaras aprobaron, en su reunión conjunta celebrada el día 19 de julio, un minucioso formulario para la declaración de las rentas y bienes de diputados y senadores que se publicará en los Boletines Oficiales de las Cortes y en las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado.Por primera vez, podrán conocerse no solo las actividades de Sus Señorías, que ya están a disposición de los ciudadanos en la página web del Congreso de los Diputados, sino también las rentas percibidas y los bienes patrimoniales de su titularidad.Los parlamentarios deberán cumplimentar sus nuevas declaraciones hasta el 7 de septiembre de 2011, y las Mesas darán inmediata publicidad de las mismas.Esta reforma, impulsada por todos los grupos parlamentarios, se justifica en que los Diputados y Senadores han de ser ejemplo de rigor y de transparencia, de manera que ambos principios constituyan las señas de identidad de su actividad política. La presente Ley tiene por objeto ordenar la publicación de las rentas percibidas por los parlamentarios durante su mandato, así como las variaciones experimentadas en su patrimonio personal.

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